VeriFactu para fisioterapeutas: ¿2027 o 2028?
Leyder Rivera
Fundador de BCL IA y de Articua.
Cuándo es obligatorio VeriFactu para tu clínica o si eres fisio autónomo, qué pasa con el aplazamiento a 2028 y qué hacer ya, con las normas a mano.
En corto: hoy, la ley dice que una clínica que es sociedad tiene que facturar con un programa adaptado a VeriFactu antes del 1 de enero de 2027, y un fisio autónomo, antes del 1 de julio de 2027. El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que quiere retrasarlo a octubre de 2028, pero todavía no está en el BOE. Si facturas a mano, no te afecta.
Esta guía es para clínicas de fisioterapia y fisios autónomos que quieren saber qué les toca, sin letra pequeña. La actualizamos cada vez que cambie el BOE.
¿Qué es VeriFactu?
Es el nombre corto del Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023). Obliga a que el programa con el que facturas guarde cada factura de forma que no se pueda cambiar ni borrar sin dejar rastro.
Cada factura genera un registro de facturación, encadenado con el anterior.
En la modalidad VERI*FACTU, ese registro se envía a la Agencia Tributaria al emitir la factura.
La factura lleva un código QR con el que tu paciente puede comprobarla en la sede de la Agencia Tributaria.
No es un impuesto nuevo ni cambia lo que cobras. Cambia cómo funciona el programa con el que facturas.
¿Cuándo es obligatorio?
Depende de cómo esté montada tu clínica. Lo que dice hoy el BOE:
Clínica que es sociedad (S.L., paga el Impuesto sobre Sociedades): antes del 1 de enero de 2027.
Fisio autónomo (IRPF): antes del 1 de julio de 2027.
Comunidad de bienes o sociedad civil: antes del 1 de julio de 2027.
Para las tres, Hacienda ha anunciado octubre de 2028, pero todavía sin aprobar.
Estas fechas las fijó el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025. El texto consolidado del reglamento en el BOE no ha cambiado desde entonces.
Esta guía vale para el territorio común. El País Vasco y Navarra tienen sus propias normas forales (en el País Vasco, TicketBAI).
¿Qué pasa con el aplazamiento a 2028?
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa. En ella dice que prevé aplazar las obligaciones pendientes del reglamento hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria entre empresas que facturan hasta 8 millones al año.
Lo importante:
Es una previsión, no una norma. Hasta que se apruebe y salga en el BOE, las fechas legales siguen siendo las de 2027.
Los requisitos no se rebajan. Según la misma nota, la integridad, la conservación y la inalterabilidad de los registros se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes a los actuales.
Después vendrá otro cambio para acercar VeriFactu a la factura electrónica y a las normas europeas (ViDA).
Nuestro consejo: organízate para 2027. Si llega 2028, tendrás margen de sobra.
¿Me afecta si la fisioterapia está exenta de IVA?
Sí. La fisioterapia con fin terapéutico está exenta de IVA (artículo 20.Uno.3.º de la Ley 37/1992), pero estar exento de IVA no te libra de hacer factura. El reglamento de facturación dice que estos servicios sanitarios exentos sí obligan a expedir factura (Real Decreto 1619/2012, artículo 3.1.a).
VeriFactu se fija en el programa con el que haces esas facturas, no en si llevan IVA o no.
¿Y si facturo a mano o con Excel?
Así lo explica la Agencia Tributaria en sus preguntas frecuentes:
A mano (talonario, o escrito a mano o a máquina): no usas un sistema informático de facturación, así que el reglamento no te afecta.
Word o Excel como si fueran una máquina de escribir (rellenar, imprimir y guardar): no te afecta. Un listado de facturas con sumas tampoco.
Excel con macros que te hacen el libro de facturas, o datos que usas para los libros de IVA o IRPF o para la contabilidad: ya es un sistema de facturación y tiene que cumplir el reglamento.
Si te hace las facturas tu gestoría con su programa, el reglamento sí se aplica.
La Agencia Tributaria ha dicho que ofrecerá gratis en su sede una aplicación básica de facturación, pensada para quien hoy factura a mano.
¿Qué pasa si mi programa no está adaptado?
Tener un programa de facturación que no cumple se sanciona con una multa fija de 50.000 € por cada ejercicio (artículo 201 bis de la Ley General Tributaria). Al que lo fabrica, 150.000 €.
Por eso, cada fabricante tiene que firmar una declaración responsable de que su programa cumple el reglamento y ponerla a la vista. Pídesela al tuyo: si no la tiene, pregunta cuándo la tendrá.
Qué hacer ahora: cinco pasos
Mira cómo facturas hoy: a mano, con Word o Excel, con un programa o a través de tu gestoría.
Apunta tu fecha: 1 de enero de 2027 si tu clínica es sociedad; 1 de julio de 2027 si eres autónomo. Si sale el cambio en el BOE, la moverás.
Pide a tu programa su declaración responsable.
Habla con tu gestoría: series de facturas, rectificativas y cómo le vas a pasar el libro de facturas.
Si vas a cambiar de programa de todas formas, elige uno que ya haga facturas con VeriFactu y te deje bajar el libro para la gestoría.
Cómo lo hace Articua
Facturas con VERI*FACTU incluidas en el plan: completas y simplificadas, rectificativas y anulaciones.
Cada factura se registra en la Agencia Tributaria y lleva su código QR. El envío lo hace Verifacti, colaborador social de la Agencia Tributaria.
La fisioterapia va exenta de IVA y, si vendes productos con IVA, también los puedes facturar.
El libro de facturas se baja en Excel o CSV, por mes o por año, para tu gestoría.
La declaración responsable de Articua está publicada en articua.com/declaracion-responsable.
Cómo se activan, paso a paso, en activa tus facturas con VERI*FACTU. Qué más incluye Articua, en producto.
Preguntas frecuentes
¿VeriFactu es obligatorio para un fisioterapeuta autónomo?
Sí, si facturas con un programa. Hoy, antes del 1 de julio de 2027. Hacienda quiere pasarlo a octubre de 2028, pero falta que salga en el BOE.
¿VeriFactu y la factura electrónica son lo mismo?
No. VeriFactu regula cómo guarda tus facturas el programa con el que facturas. La factura electrónica obligatoria (Ley 18/2022, «Crea y Crece») va de mandar facturas en formato electrónico entre empresas. Si facturas a pacientes, lo que te toca es VeriFactu. Hacienda quiere que las dos lleguen a la vez.
¿Puedo seguir con el programa que uso?
Sí, si su fabricante lo adapta y publica su declaración responsable antes de tu fecha. Pregúntaselo ya.
¿Cuánto cuesta VeriFactu?
Hacienda no cobra nada por VeriFactu. El coste es el de tu programa de facturación. La Agencia Tributaria ofrecerá además una aplicación básica gratuita.
¿Tengo que enviar algo a Hacienda yo?
No. En la modalidad VERI*FACTU, el programa envía cada registro al emitir la factura. Tú facturas como siempre.
Fuentes
Real Decreto 1007/2023, Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (texto consolidado, última actualización 3-12-2025). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-24840
Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE de 3-12-2025). https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-24446
Ministerio de Hacienda. Nota informativa del 5 de octubre de 2026 sobre la previsión de aplazamiento. https://www.hacienda.gob.es/sgt/gabsehacienda/nota-informativa-verifactu.pdf
Agencia Tributaria. Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación: ámbitos de aplicación. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/cuestiones-generales-ambitos-aplicacion.html
Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación, artículo 3. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696
Ley 37/1992, del IVA, artículo 20. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740
Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 201 bis. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186
Escrito por Leyder Rivera, fundador de BCL IA y de Articua. Actualizado el 26 de octubre de 2026. Esta guía informa; no sustituye el consejo de tu asesoría.


