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¿La fisioterapia lleva IVA? Cuándo está exenta

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Leyder Rivera

Fundador de BCL IA y de Articua.

Guía de Articua · ¿La fisioterapia lleva IVA? Cuándo está exenta

La fisioterapia con fin terapéutico está exenta de IVA, también si factura una sociedad. Qué servicios sí lo llevan y qué poner en la factura.

En corto: no, la fisioterapia que sirve para diagnosticar, prevenir o tratar una enfermedad está exenta de IVA (artículo 20.Uno.3.º de la Ley 37/1992). Da igual que factures como autónomo o a través de una sociedad, siempre que el servicio lo haga un fisioterapeuta. Lo que no tiene ese fin, como un masaje estético o una clase de pilates sin finalidad terapéutica, lleva un 21 % de IVA.

Esta guía es para fisios autónomos y clínicas de fisioterapia que quieren saber qué facturar con IVA y qué sin él, con la norma a mano.

¿Por qué la fisioterapia está exenta de IVA?

Porque la ley del IVA exime la asistencia sanitaria a personas. El artículo 20.Uno.3.º de la Ley 37/1992 declara exenta «la asistencia a personas físicas por profesionales médicos o sanitarios», y aclara que comprende la asistencia «relativa al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades».

Para que se aplique tienen que darse dos condiciones a la vez:

  • Quién lo hace: un profesional sanitario. La fisioterapia es una profesión sanitaria titulada según la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias (artículo 2).

  • Para qué: el servicio tiene que buscar diagnosticar, prevenir o tratar una enfermedad.

Si falla una de las dos, no hay exención. Así lo repite la Dirección General de Tributos en sus consultas; por ejemplo, en la V1451-26, de junio de 2026.

¿Y si factura una sociedad y no el fisio?

También está exenta. La Dirección General de Tributos lo dice claro: la exención se aplica aunque los fisioterapeutas «actúen por medio de una sociedad mercantil» y sea la sociedad la que factura al paciente (consulta V1451-26).

Lo que cuenta es que el servicio lo preste materialmente un fisioterapeuta y que tenga fin terapéutico. Que la clínica sea una S.L. no cambia nada.

¿Qué servicios de una clínica sí llevan IVA?

Todo lo que no sea asistencia sanitaria con fin terapéutico. Según los criterios de Hacienda:

  • Masajes estéticos y métodos para adelgazar que se hacen al margen de un tratamiento: 21 % (consulta V1451-26).

  • Pilates, yoga o entrenamiento sin finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento de una enfermedad: 21 %.

  • Productos que vendes en la clínica (cremas, material, aparatos): la exención es para la asistencia, no para la venta de productos. Llevan el IVA de cada producto: el general es el 21 % (artículo 90 de la Ley 37/1992) y algunos productos sanitarios tienen un tipo reducido (artículo 91).

Si vendes productos con IVA, pregunta a tu asesoría qué tipo lleva cada uno.

¿El pilates terapéutico lleva IVA?

Depende de para qué sea. La Dirección General de Tributos ha dicho que los tratamientos en grupo que hacen fisioterapeutas, incluido el pilates, el método Gyrotonic, el yoga de rehabilitación o la gimnasia hipopresiva, están exentos cuando tienen por objeto el diagnóstico, la prevención o el tratamiento de enfermedades (consulta V1152-22, citada en la V1451-26).

Si la clase es para mantenerse en forma, sin ese fin, tributa al 21 %. La V1451-26 la pidió una clínica que quería ofrecer pilates sin tratamiento individual ni diagnóstico previo, y Hacienda le contestó con esa misma regla: exento si tiene fin terapéutico; si no, 21 %.

Dos ideas prácticas:

  • La receta del médico no decide. Hacienda dice que no hay diferencia por que exista una prescripción previa: lo que cuenta es el fin del servicio.

  • Deja rastro del fin terapéutico en la ficha de cada paciente: valoración, objetivo y evolución.

¿Qué tiene que poner la factura si está exenta?

La fisioterapia exenta sí obliga a hacer factura. El reglamento de facturación quita esa obligación a muchas operaciones exentas, pero no a las del artículo 20.Uno.3.º (Real Decreto 1619/2012, artículo 3.1.a).

Cuando la operación está exenta, la factura tiene que llevar una referencia a la norma o la indicación de que está exenta (artículo 6.1.j del mismo reglamento). Por ejemplo:

  • «Operación exenta de IVA según el artículo 20.Uno.3.º de la Ley 37/1992».

Si en la misma factura van una sesión exenta y un producto con IVA, la mención de la exención se refiere solo a la sesión. Hasta 400 euros puedes hacer factura simplificada (artículo 4.1 del reglamento).

¿Puedo deducirme el IVA de lo que compro?

Por lo general, no. La fisioterapia exenta no da derecho a deducir el IVA que pagas en tus compras (artículo 94 de la Ley 37/1992): el IVA de la camilla, del alquiler o de los aparatos es un coste más.

Si además vendes productos o haces servicios con IVA, entras en la regla de prorrata (artículo 102): deduces solo en la parte que corresponde a lo que lleva IVA. Ese cálculo, con tu asesoría.

¿Tengo que presentar el modelo 303?

Si solo haces servicios exentos, no. El reglamento del IVA libera de las declaraciones periódicas y del resumen anual a quien realiza exclusivamente operaciones exentas del artículo 20 (Real Decreto 1624/1992, artículo 71.1).

Si también vendes productos o haces servicios con IVA, ya no son «exclusivamente» exentas y tienes que presentar tus declaraciones de IVA.

Cómo lo hace Articua

  • Facturas incluidas en el plan: completas y simplificadas, rectificativas y anulaciones, con VERI*FACTU.

  • La fisioterapia va exenta de IVA y, si vendes productos con IVA, también los puedes facturar.

  • Facturas una cita, un bono o lo que quieras en dos clics, y el libro de facturas se baja en Excel para tu gestoría.

Qué más incluye, en producto. Cómo se activan las facturas, en activa tus facturas con VERI*FACTU. Y cuándo te toca VeriFactu, en VeriFactu para fisioterapeutas.

Preguntas frecuentes

¿La fisioterapia está exenta de IVA en 2026?

Sí. El artículo 20.Uno.3.º de la Ley 37/1992 sigue igual: la asistencia sanitaria de un fisioterapeuta con fin terapéutico está exenta.

¿Una clínica de fisioterapia que es S.L. cobra IVA?

No, por los tratamientos. La exención se aplica aunque factura la sociedad, si el servicio lo hace un fisioterapeuta con fin terapéutico. Lo que venda o haga sin ese fin sí lleva IVA.

¿Un masaje lleva IVA?

Depende. Si es parte de un tratamiento, no. Si es estético o de bienestar, al margen de un tratamiento, lleva un 21 %.

¿Si la fisioterapia está exenta, tengo que hacer factura?

Sí. El reglamento de facturación obliga a hacer factura en la asistencia sanitaria exenta, con la mención de la exención.

¿Estar exento de IVA me libra de VeriFactu?

No. VeriFactu se fija en el programa con el que facturas, no en si la factura lleva IVA. Lo explicamos en VeriFactu para fisioterapeutas.

Fuentes

Escrito por Leyder Rivera, fundador de BCL IA y de Articua. Actualizado el 27 de octubre de 2026. Esta guía informa; no sustituye el consejo de tu asesoría.